miércoles, 1 de febrero de 2012

El linchamiento público de un juez (25/07/2011)

En diversos medios de comunicación y durante varios días se han escuchado declaraciones de parlamentarios y representantes del gobierno criticando en términos bastante duros la decisión de un juez que dejó sin prisión preventiva al manifestante que tiró una bomba molotov a un carabinero. Nada nuevo que los políticos critiquen las labores de un judicial. Lo que si es excepcional son las fuertes declaraciones que tildaron de “criminal” o de “delincuente” al mismo juez. Así, el diputado Hasbún indicó este era un “cómplice de dicho delito” y que “ayudaba a la impunidad”.

Quisiera salir en defensa del juez, pero no del Magistrado Diego Muñoz específicamente, sino del rol que cumple el llamado “juez de garantía”, es decir, aquel que controla la investigación que realizan los fiscales. Esta defensa la hago porque considero que muchas veces la ciudadanía no es adecuadamente informada sobre el rol que estos deben cumplir.

En primer lugar, no voy a sostener que el delito que cometió ese joven es leve o que su conducta no es criminalmente relevante, por el contrario, sí lo es y merece, una vez que sea juzgado y condenado, recibir una pena acorde con la gravedad de su conducta. He aquí el meollo del asunto, donde se produce una confusión en la ciudadanía y que muchas veces es usada para obtener ganancias políticas.

Un pilar de cualquier sistema de persecución de delitos que sea calificado como “democrático” es la noción de que “la prisión preventiva no puede ser utilizada, ni cumple las funciones de la pena”, es decir, no es posible sostener, bajo argumento alguno, que la aplicación de la prisión preventiva sea castigar a una persona.

Si usted revisa nuestro código procesal penal encontrará diversas disposiciones que van en este sentido, además diversos países vecinos en sus leyes incluyen una disposición explícita y los organismos internacionales de derechos fundamentales van en la misma dirección, es decir, esta noción elemental no es una “locura” del chileno o una estupidez de nuestros legisladores, sino que se trata de una idea elemental y de común aceptación en naciones civilizadas.

Esto lo traigo a colación, porque lo que muchas veces se pide a los jueces – uno de ellos es el que dejó libre a este manifestante - es que dicten una resolución que violará la ley y su espíritu. Me explico.

Puede generar descontento, pero es un derecho básico de toda persona que nadie puede ser tratado como culpable hasta que sea condenado por un delito. Para ser condenado por cualquier delito debe existir un juicio, ante un juez o jueces, en donde los fiscales llevan prueba contundente para convencer a los jueces de que el delito existió y que dicha persona lo cometió. Todo lo que ocurra antes de esa condena criminal, no debe en principio significar tratar como culpable a quien todavía no lo es, parece algo obvio, ¿no?

A pesar de lo anterior, nuestra Ley establece igualmente muchas excepciones. Así, una persona puede ser detenida por la sola imputación de un delito y estar 24 horas a disposición de la autoridad y también existe la famosa prisión preventiva cuyo uso, como en este caso, saca ronchas. En términos prácticos, digamos las cosas como son, la prisión preventiva permite tratar como culpable a alguien que es TODAVÍA INOCENTE.

Es así que ciudadanos pasan meses o años tras las rejas antes de ser declarados culpables, ya que el juicio aún no se ha realizado, por lo mismo esta cuestión debe ser excepcional, y lo más importante, solo por motivos que la ley explícitamente indica, todos los cuales tiene en común proteger el desarrollo futuro del juicio y NO SER UNA PENA ANTICIPADA.

Lamentablemente al parecer el presidente Piñera no entiende lo que dicen las leyes de su país cuando indica: “El gobierno va apelar, porque una persona que atenta con una bomba molotov a mansalva, a sabiendas, en forma realmente criminal, no merece estar libre”.

Una de las principales razones por las cuales se implementó la reforma procesal penal fue terminar el uso indiscriminado de la prisión preventiva. Así, antes de la reforma judicial, las personas pasaban 4 o 5 años en prisión preventiva, dándose la paradoja muchas veces de que el delito por el que finalmente eran condenados tenía una pena de 2 años, por ejemplo. Algunas veces incluso eran declarados inocentes. Hoy la situación ha mejorado, pero igualmente todos los años la defensoría penal pública informa a los medios que cientos de personas han estado en prisión preventiva por meses o años y que posteriormente han sido absueltas por el tribunal.

Esto no se trata de tener mano blanda, sino de que la autoridad debe ser consistente y debe explicar a la ciudadanía que la prisión preventiva no busca castigar antes del juicio.

En el caso del joven que tiró la bomba molotov, independientemente de que se le captó en video y de que casi seguro es culpable, no es suficiente, se requiere igualmente un juicio y una sentencia. A todos nos gustaría que antes de mandarnos a la cárcel se nos juzgue y se nos dé una oportunidad de defendernos.

Los juicios a priori son un legítimo derecho del público, de los familiares de las víctimas, pero no lo son del Estado ni de los jueces. Convenientemente hemos olvidado que ha habido casos de personas que fueron rápidamente tildadas como culpables y que pocos días después, a pesar de la fuerte prueba inicial disponible, las autoridades se percataron de que dicha prueba no era tal o que estaban equivocados, por ejemplo el caso del famoso violador de Ñuñoa, que terminó siendo absuelto por el ADN.

Pedirle al juez que dictó esta libertad que en vez de ello hubiese dejado a esta persona igualmente en prisión preventiva, aunque en este caso al parecer no había razón legal alguna para temer por el desarrollo futuro del juicio, sería pedirle al juez que dejará a una persona en la cárcel antes de la condena solo como una medida de pena anticipada y esto es contrario al rol del juez. El juez por definición debe ser la mente fría que controla los impulsos de una ciudadanía con ansías de castigo. Es el último bastión de racionalidad que frena una respuesta vengativa.

Si usted no está de acuerdo con el juez, bien, pero su trabajo no es darle en el gusto a la comunidad, ni al Presidente de la República, si no que aplicar la ley y proteger su espíritu y en este caso se le crítica por hacer su trabajo. Esta confusión y erradas expectativas del público se pueden comprender y aceptar de cualquier persona, con la única excepción de personeros de gobierno y de políticos que saben que están criticando a este juez por hacer correctamente su trabajo, basado en las mismas leyes que los parlamentarios diseñan.

Hasta el día en que se dicte una ley en Chile en la que se permita a los jueces dejar en prisión preventiva a alguien con el explícito objetivo de castigarlo antes del juicio, los jueces que se opongan a hacer esto estarán haciendo su trabajando y protegiéndonos a todos.

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